El pleno de la Cámara de Diputado aprobó en lo general, por 438 votos a favor y 28 en abstención de Movimiento Ciudadano, reformar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para permitir la restructuración de los créditos impagables del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste).
El dictamen avalado fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, y establece que el Instituto establecerá programas de solución definitiva a las personas que han pagado dos veces o más el crédito otorgado. Y plantea que los contratos no podrán rebasar 30 años para liquidarse, y transcurrido ese periodo será saldado por el Fondo de Vivienda.
“Cada crédito se otorgará con el plazo establecido en el contrato, mismo que no podrá exceder de 30 años. Transcurridos 30 años a partir de la fecha del otorgamiento del crédito, el Instituto, a través del Fondo de Vivienda, liberará el saldo pendiente, excepto en caso de pagos omisos o cuando haya pactado la restructura del crédito”, establece la reforma.
Las modificaciones permitirán a los trabajadores al servicio del Estado, pagar sus créditos en pesos y no en Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que desde hace décadas ha provocado que ciudadanos paguen hasta tres veces el valor de su casa.
“La persona trabajadora tendrá el derecho de elegir la vivienda nueva o usada a la que se aplique el importe del crédito que reciba con cargo al Fondo de Vivienda, así como si el importe se define en UMA o en pesos en el contrato respectivo, conforme al esquema aprobado por la Junta Directiva”, especifica la reforma a la ley.
También se estipula que el Instituto establecerá programas de solución definitiva, autorizados por la Junta Directiva, en un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del decreto, a las personas acreditadas que han pagado dos veces o más el monto del crédito otorgado.
Asimismo, las personas acreditadas podrán reestructurar en pesos sus créditos, aunque estén mora o demasía.
Cuando exista un error en el cálculo de las obligaciones de pago o en el descuento de nómina correspondiente y este no sea atribuible a la persona trabajadora o pensionada, no le serán reclamables intereses, cargos o adeudos extraordinarios.
Con la reforma, las personas podrán decidir si obtienen un crédito nuevo con base al salario básico o al salario básico y sus compensaciones garantizadas, lo que les permitirá obtener préstamos por mayor monto.
De igual forma, se establece que la tasa de interés de los créditos del Fovissste deberá ser menor al promedio cobrado por la banca comercial de los créditos hipotecarios, y que los derechohabientes podrán adquirir en cualquier momento del año una vivienda a través del Crédito Tradicional que otorga el Fondo de la Vivienda del ISSSTE.
La bancada de Movimiento Ciudadano voto en abstención, porque consideraron que la reforma cambiará el perfil del Fovissste en detrimento de los trabajadores, mediante intereses y cargos desmedidos.
En ese sentido, el diputado Salvador Caro Cabrera (MC) propuso fijar un plazo para liberar del crédito a los trabajadores de manera similar a otras financieras; por lo que presentó una moción suspensiva, que fue desechada por el pleno en votación económica.